Vigilantes de Seguridad
El Vigilante de Seguridad, es aquel trabajador mayor de edad, de nacionalidad comunitaria (U.E.), que con aptitudes físicas e instrucción suficientes, sin antecedentes penales, y reuniendo cuantos requisitos exija la legislación vigente, realice las funciones descritas en la misma.
Son Funciones de los Vigilantes de Seguridad las siguientes:
1) Ejercer la vigilancia y protección de bienes muebles e inmuebles, así como la protección de las personas que puedan encontrarse en los mismos.
2) Efectuar controles de identidad en el acceso o en el interior de inmuebles determinados, sin que en ningún caso puedan retener documentación personal.
3) Evitar la comisión de actos delictivos o infracciones en relación con el objeto de su protección.
4) Poner inmediatamente a disposición de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad a los delincuentes en relación con el objeto de su protección, así como los instrumentos, efectos y pruebas de los delitos, no pudiendo proceder al interrogatorio de aquéllos.
5) Efectuar la protección del almacenamiento, recuento, clasificación y transporte de dinero, valores y objetos valiosos.
6) Llevar a cabo, en relación con el funcionamiento de centrales de alarma, la prestación de servicios de respuesta de las alarmas que se produzcan, cuya realización no corresponda a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
7) El acompañamiento, defensa y protección de personas determinadas, que no tengan la condición de Autoridades Públicas, impidiendo que sean objeto de agresiones o actos delictivos, siempre que estén debidamente facultados para dicha función de acuerdo con la legislación vigente.
Se precisan 20.000 vigilantes de seguridad
La situación de casi pleno empleo en algunas zonas del país está agudizando los problemas de las empresas de seguridad privada para reclutar suficientes vigilantes para atender su negocio. Algunas firmas comienzan a ofrecer a sus empleados ventajas que hace unos años eran impensables en esta actividad.
Las empresas de seguridad privada en España cada vez tienen más dificultades para contratar el personal que necesitan para dar servicio a sus clientes. Esta situación es especialmente significativa en aquellas zonas de España en las que se roza el pleno empleo, como Cataluña, Madrid , País Vasco, La Rioja , Navarra.
Además, algunas compañías, como Securitas Seguridad, aseguran que los problemas para incorporar profesionales comienzan a extenderse a otras áreas, como Castellón, Alicante, Murcia, y algunas localidades de Andalucía, como Sevilla, Marbella y Algeciras.
Estas dificultades se centran sobre todo en la figura del vigilante. Por eso, las firmas del sector vienen reclamando al Ministerio del Interior que permita la contratación de ciudadanos no comunitarios, algo que ahora impide la Ley.
Acceso
Los requisitos de acceso a esta función complican si cabe la situación. Los candidatos deben obtener la Tarjeta de Identificación Profesional concedida por Interior, que habilita para el ejercicio profesional. Todos deben ser mayores de edad y no presentar antecedentes penales, entre otros requisitos. Para obtener el permiso, deben cursar un programa de formación de 180 horas antes de presentarse a las pruebas oficiales que organiza el Cuerpo Nacional de Policía.
Por ello el Centro de Formación, homologado por la Dirección General de Policía, “ACADEMIA SANTA MARÍA” , en Getafe (Madrid), cuenta con un cuadro docente altamente cualificado, con personal perteneciente a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, considerados expertos en seguridad.
Ante las dificultades para engrosar su plantilla de vigilantes, cada vez son más las empresas del sector que imparten este tipo de formación de manera gratuita o subvencionada parcialmente. Las compañías de mayor tamaño, como Prosegur y Securitas Seguridad, cuentan con sus propios centros de preparación para obtener esta habilitación profesional.
Tras completar este programa se deben superar los exámenes del Ministerio. El primero consiste en pruebas físicas, como carreras de mil y cincuenta metros y salto vertical. Todos los que aprueban los mínimos exigidos pasan a la segunda fase, que consiste en un test teórico de ochenta preguntas.
"Es un trabajo que requiere una gran responsabilidad y atención mental porque ellos son la imagen de la empresa y porque los clientes dejan los edificios en sus manos".
A pesar de que la edad ideal de los nuevos vigilantes oscila entre los veinticinco y treinta y cinco años, en Prosegur han decidido ampliar este abanico hasta los cincuenta y cinco. En Seguritas Seguridad intentan promover que profesionales de las zonas con menos encargos se trasladen a aquellas en las que existen más dificultades para reunir el número suficiente de vigilantes.
Beneficios sociales
Obligadas por la alta rotación de personal que, entre otros motivos, ocasionan los horarios por turnos –que obligan a trabajar de noche y en fines de semana– y unos salarios base que no superan los dieciocho mil euros brutos anuales, algunas de estas empresas han comenzado a ofrecer a sus empleados algunos beneficios que hace años serían impensables en el sector. Prosegur puso en marcha el pasado 1 de abril su programa de fidelización de empleados Prosegur Plus, que premia la profesionalidad de sus vigilantes con puntos canjeables por regalos. Pueden llegar a conseguir obsequios como relojes, cámaras de vídeo, televisores e, incluso, viajes. "Con esta iniciativa tratamos de mejorar el clima laboral y que, consecuentemente, los clientes reciban un servicio de mayor calidad".
Por su parte, Seguriber facilita a aquellos empleados con hijos en edad de guardería ayudas de hasta 150 euros al mes y una tarjeta sanitaria para realizar distintas revisiones y pruebas médicas gratuitas.
Además, tratan de asignar a cada profesional los servicios más cercanos a su domicilio y los horarios más adecuados a sus circunstancias personales para evitar su fuga a la competencia.
Promoción interna
Carlos Bañuelos, consejero delegado de Securitas España, comenzó en la firma como vigilante. Es un ejemplo de la promoción interna en el sector, uno de los argumentos para atraer y retener a estos profesionales. En esta empresa prácticamente el cien por cien de sus quinientos mandos intermedios, como los jefes de servicio –que asignan los profesionales que van a trabajar para cada cliente– y los inspectores –que supervisan y programan la labor de entre cien y ciento cincuenta guardias– han sido antes vigilantes, así como el noventa por ciento de los gerentes –una especie de ejecutivo de cuentas–.
En Securitas Direct –división de alarmas del Grupo Securitas–, el fuerte crecimiento de la plantilla generará, según su director de recursos humanos Sergio Moreno, más de 150 puestos de jefatura en distintos niveles y departamentos. En Prosegur se puede optar a treinta posiciones diferentes.
Detective privado y escolta, otras opciones profesionales
En nuestro país existen algo más de dos mil detectives privados, según la Asociación Profesional de Detectives Privados de España (APDPE), de los que se calcula que ejercen unos mil doscientos. Estos números suponen un crecimiento de más del treinta por ciento respecto a 2001, cuando eran 1.563. Se trata por tanto de una profesión en auge, destacan en la Asociación , por la que cada vez se interesan más jóvenes.
Entre cien y ciento veinte se inician en ella cada año. Para poder desempeñar esta tarea hay que cursar una titulación de tres años en alguno de los centros de formación en Criminología reconocidos por el Ministerio de Interior. Por otro lado, según la Asociación Española de Escoltas unos 3.500 profesionales ejercen esta actividad de manera oficial en nuestro país, aunque el dato real es sensiblemente mayor por la presencia de intrusos al margen de la Ley. Para poder ejercer hay que tener el título de vigilante de seguridad privada, completar otras sesenta horas de formación adicional y superar exámenes de contravigilancia y defensa personal.
Vigilante de Explosivos.
El Vigilante de Explosivos , es aquel trabajador mayor de edad, de nacionalidad comunitaria (U.E.), con aptitudes psicofísicas necesarias e instrucción suficiente, sin antecedentes penales, y reuniendo cuantos requisitos exija la legislación vigente, realice las funciones descritas en la misma.
Como quiera que el sueldo de un vigilante se basa, muchas veces en la realización de horas extraordinarias, independientemente de la valoración profesional de cada uno de nosotros; encontramos en la ESPECIALIDAD DE EXPLOSIVOS, un aliciente más, que es el sueldo, al entender la Administración que la responsabilidad por lo que se custodia, es superior. Puedes ver esta diferencia en las tablas del anexo salarial del CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE LAS EMPRESAS DE SEGURIDAD 2005-2008
Superior es el sueldo y superior es la motivación con la que vamos a realizar nuestro trabajo de cada día, ya que seremos considerados como verdaderos profesionales de la seguridad, porque todos los que forman las empresas, depósitos y transportes de explosivos dependerán de nuestra profesionalidad, grado de formación y compostura. Seremos el espejo de la compañía a la que pertenecemos y verán en nosotros a un verdadero profesional.
Las mercancías deben moverse entre diversos puntos y éstas deben ir custodiadas por personal de seguridad privada. NO CUALQUIER VIGILANTE puede realizar estos acompañamientos de protección. Sólo los hará el ESPECIALISTA, el Vigilante de Explosivos. Estos servicios conllevan viajes a otras provincias, dietas, nuevos contactos, etc.
Hasta tal punto confía la Administración en el Vigilante de Explosivos, que el artículo 92 del Reglamento de Explosivos, autoriza al Vigilante a efectuar periódicamente, y sin necesidad de previo aviso, registros individuales.
Estos registros, de acuerdo con un plan aprobado y supervisado por la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil , se establecen para velar que no se introduzcan en el recinto fabril bebidas alcohólicas ni efectos que permitan producir fuego o sean susceptibles de afectar a la seguridad de la fábrica. Queda estrictamente prohibido sacar, sin la autorización pertinente, del recinto fabril, cualquier producto o residuo peligroso. Por lo tanto, deja la Administración , la seguridad en nuestras manos. Somos necesarios.
Dentro de esta especialidad, podemos distinguir dos situaciones del vigilante, que se integran como Personal Operativo Adscrito a Servicios de Transporte de Explosivos, dentro del CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE LAS EMPRESAS DE SEGURIDAD 2005-2008
Por una parte, el Vigilante de Seguridad de Transporte de Explosivos-Conductor, es el vigilante que, estando en posesión del adecuado permiso de conducir y con conocimientos mecánicos elementales, realizará las funciones propias de Transporte de explosivos, siéndole de aplicación las comunes que se refieren al Vigilante de Seguridad de transporte conductor que se describen en el apdo. A.1 a), salvo a.1), y que son las siguientes:
a) Vigilante de Seguridad de Transporte-Conductor.- Es el Vigilante de Seguridad que, estando en posesión del adecuado permiso de conducir y con conocimientos mecánicos elementales en automóviles, efectuará las siguientes funciones:
a.) Conduce vehículos blindados.
b.) Cuida del mantenimiento y conservación de los vehículos blindados. Asimismo cuida de las tareas de limpieza de los mismos, dentro de las adecuadas instalaciones de la Empresa y con los medios adecuados o, en su defecto, en instalaciones del exterior, dentro de la jornada laboral.
c.) Da, si se le exige, parte diario y por escrito del trayecto efectuado, del estado del automóvil y de los consumos del mismo.
d.) Comprobará los niveles de agua y aceite del vehículo completándolos, si faltare alguno de los dos, dando parte al Jefe de Tráfico.
e.) Revisará diariamente los depósitos de liquido de frenos y de embrague, dando cuenta de las pérdidas observadas.
f.) Revisará los niveles de aceite del motor, debiendo comunicar al Jefe de Tráfico la fecha de su reposición periódica.
g.) Cuidará el mantenimiento de los neumáticos del vehículo, revisando la presión de los mismos una vez por semana.
h.) Aquellas otras funciones complementarias a las que hace referencia el plus de actividad del personal de transporte de fondos.
Al ostentar la categoría y calidad de Vigilante de Seguridad, realizará las tareas propias del mismo, en la medida que sean compatibles con la conducción del vehículo blindado.
b) Vigilante de Seguridad de Transporte de Explosivos: Es el vigilante que con las atribuciones de su cargo desarrolla su labor en el servicio de transporte y custodia de explosivos, carga y descarga de materias y objetos explosivos envasados, acondicionamiento de la carga en la caja del vehículo así como de la vigilancia permanente del mismo, así como las otras funciones complementarias a las que hace referencia el plus de actividad del personal de transporte de explosivos.
Con vistas a un futuro, la Administración velará para que los emolumentos percibidos por estos especialistas, no puedan ser modificados ante la posible evolución normativa nacional o europea; ya que en el supuesto de que a lo largo de la vigencia del Convenio Colectivo 2005-2008 se produjeran cambios legislativos y/o modificaciones de disposiciones legales que afectaran a los Vigilantes de Explosivos que supongan mayor responsabilidad o peligrosidad en el ejercicio de sus funciones, las partes firmantes se comprometen a negociar un complemento salarial adecuado a los cambios que le sustenten, cuyos efectos económicos tendrán lugar a partir de enero del año 2007. Ambas partes pactan que la cuantía abonable mensualmente, en pagas extraordinarias y en vacaciones no podrá ser inferior a 20 euros para el año 2007 y 30 euros para el año 2008.
Igualmente, se acuerda que, si por modificación de la normativa europea o española fueran suprimidas las armas de fuego que actualmente portan los vigilantes de transporte de fondos y explosivos, éstos continuarán percibiendo el importe del plus de peligrosidad que en su momento esté establecido en Convenio Colectivo.
Por todo ello y con el afán de que todos los Vigilantes de Seguridad puedan superarse cada día, evitando el estancamiento profesional, el Centro de Formación “ACADEMIA SANTA MARÍA” , realiza un gran esfuerzo en medios y personal docente para que todos los que pertenecen a la seguridad privada puedan mejorar su situación laboral y por tanto su calidad de vida.
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Escolta, otra opción profesional
Según la Asociación Española de Escoltas unos 3.500 profesionales ejercen esta actividad de manera oficial en nuestro país, aunque el dato real es sensiblemente mayor por la presencia de intrusos al margen de la Ley.
Para poder ejercer hay que tener el título de vigilante de seguridad privada, completar otras sesenta horas de formación adicional y superar exámenes de contravigilancia y defensa personal.
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Instructor de Tiro
Los vigilantes de seguridad que presten servicios con armas deberán realizar un ejercicio de tiro obligatorio al semestre, y los demás que puedan prestar dichos servicios, por estar en posesión de las correspondientes licencias de armas, aunque las mismas se encuentren depositadas en las Intervenciones de Armas de la Guardia Civil , un ejercicio de tiro obligatorio al año.
Asimismo, se encuentran obligados los escoltas privados y guardas particulares del campo.
Hoy en día, sólo en la Comunidad de Madrid, existen alrededor de 200 empresas dedicadas a la seguridad privada.
Como verás, el número de personas dedicadas a la Seguridad Privada es tan grande, que por necesidad lógica y debiendo cumplir con los requisitos legales, SON NECESARIOS INSTRUCTORES DE TIRO acreditados por la Guardia Civil , para la realización de todos los ejercicios de tiro de vigilantes, escoltas o guardas del campo, de las empresas de seguridad.
Por otra parte, entre los requisitos que la Dirección General de la Guardia Civil establece para poder acceder a sus pruebas, se encuentran como más destacables:
Estar en posesión de título de Graduado Escolar , de Graduado en Educación Secundaria, de Formación Profesional de primer grado o de otros equivalentes o superiores; por lo que si no te dio tiempo de terminar tus estudios o no tuviste posibilidades, ESTA ES TU OPORTUNIDAD
Estar en posesión de las licencias de armas en vigor de la clase "A", "B", "C" o "F" o, en su defecto, acreditar que reúne los requisitos necesarios para el uso de armas, presentando la documentación indicada en el artículo 97.1 del Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, BOE núm. 55, de 5 de marzo).
(Artículo 97.
1. La solicitud de expedición de las licencias de armas habrá de presentarse en la Intervención de Armas de la Guardia Civil correspondiente al domicilio del interesado, acompañada de la siguiente documentación:
a) Certificado de antecedentes penales en vigor.
b) Fotocopia del documento nacional de identidad en vigor o, en su caso, de la tarjeta de autorización de residencia, que será cotejada con su original y devuelta al interesado.
c) Informe de las aptitudes psicofísicas .)
Detective privado, otra opción profesional
En nuestro país existen algo más de dos mil detectives privados, según la Asociación Profesional de Detectives Privados de España (APDPE), de los que se calcula que ejercen unos mil doscientos. Estos números suponen un crecimiento de más del treinta por ciento respecto a 2001, cuando eran 1.563. Se trata por tanto de una profesión en auge, destacan en la Asociación , por la que cada vez se interesan más jóvenes.
Entre cien y ciento veinte se inician en ella cada año. Para poder desempeñar esta tarea hay que cursar una titulación de tres años en alguno de los centros de formación en Criminología reconocidos por el Ministerio de Interior.